¿Sabías que como asalariado también tienes derecho a presentar declaración anual con deducción de gastos personales?
De acuerdo a la legislación actual en México, si eres una persona física que recibe un salario tienes derecho a presentar deducciones personales en tu declaración anual; estas deducciones pueden ser acreditadas como devoluciones según tus ingresos acumulados en el ejercicio fiscal.
Para el Sistema de Administración Tributaria las deducciones personales son los gastos que como contribuyente tienes derecho a descontar de tus ingresos anuales, entre ellos están los gastos relacionados con la salud, la educación, los gastos funerarios y los intereses de un crédito hipotecario.
Deducciones Personales
Salud
La mayoría de los gastos relacionados con la salud son considerados como deducciones personales, pero es importante tomar en cuenta que sólo serán deducibles cuando hayan sido utilizados por el propio contribuyente, su cónyuge y familiares en línea directa, es decir, padres, abuelos, hijos y nietos.
Algunos ejemplos de gastos de salud son:
- Honorarios médicos
- Honorarios dentales
- Servicios profesionales de psicología
- Servicios profesionales de nutrición
- Honorarios de enfermeras
- Análisis y/o estudios clínicos
- Aparatos de rehabilitación y/o prótesis
- Lentes para corregir defectos visuales
- Primas por seguros de gastos médicos
Al realizar algún gasto relacionado con la salud, no olvides solicitar factura y/o recibo de honorarios. También es importante que el pago se realice con tarjeta de crédito, débito, por transferencia y/o cheque nominativo, ya que los pagos en efectivo no serán deducibles.
Educación
Las colegiaturas en instituciones privadas con validez oficial de estudios también pueden ser deducibles, siempre que cuentes con el comprobante de pago correspondientes y tienen un límite anual de deducción:
- Educación Preescolar: $14,200MXN
- Educación Primaria: $12,900MXN
- Educación Secundaria: $19,900MXN
- Educación Profesional Técnica: $17,100MXN
- Educación Preparatoria o Bachillerato: $24,500MXN
Las cuotas de inscripción no son deducibles, ni el gasto de transporte escolar, a menos que sea obligatorio.
Crédito Hipotecario
Los intereses reales devengados y efectivamente pagados de los créditos hipotecarios también son considerados como deducciones personales, dentro de tu declaración anual debes incluir una constancia emitida por la institución financiera para poder hacerlos deducibles.
Gastos Funerarios
Los gastos funerarios son deducibles siempre y cuando hayan sido utilizados por tu cónyuge y/o familiares de línea directa, es decir, padres, abuelos, hijos y nietos, pero es importante considerar que sólo son deducibles en el año que se utilizan, por lo que si has comprado un plan de gastos funerarios para futuro, no puedes deducirlo hasta el momento en que este sea usado.
Otros
Algunos otros gastos son considerados como deducciones personales:
- Donativos
- Pago de impuestos locales
- Aportaciones destinadas a planes de retiro (Afores)
Para cada uno de ellos existen reglas y montos máximos a considerar, por lo que es importante tener todo en orden para poder solicitar saldo a favor en tu declaración anual.
Si tienes dudas y/o requieres un profesional que te ayude a preparar y presentar tu declaración anual, no dudes en contactarnos: 392 114 0272