Si has decidido emprender ¡FELICIDADES! es un gran paso en la construcción de tu futuro.
En Mini-Comp estamos para ayudarte con toda la parte fiscal y contable, por eso compartimos contigo esta información que te ayudará a identificar a qué régimen fiscal perteneces de acuerdo a tus actividades.
Lo primero que tienes que saber es la diferencia entre una persona moral y una persona física:
Persona Moral: Es considerada la unión de dos o más personas con un objetivo común, puede ser lucrativo o no, en este rubro entran las empresas constituidas como tal y las Organizaciones No Gubernamentales.
Persona Física: De acuerdo con el Sistema de Administración Tributaria, una persona física es cualquier individuo que realiza alguna actividad económica, no importa si es vendedor, empleado, fabricante, etc.
Como emprendedor es muy importante tomar la decisión correcta entre ejercer como persona moral o hacerlo como persona física.
Tipos de Regímenes Fiscales
Si has decidido emprender como persona física el SAT te ofrece 3 diferentes regímenes para darte de alta como contribuyente.
Régimen de Incorporación Fiscal
Pueden formar parte de este régimen todas las personas físicas que realicen una actividad comercial o bien prestan un servicio para el cual no requieran un título profesional.
En este régimen es muy importante que tus ingresos anuales no excedan los dos millones de pesos.
Si has decidido poner una tienda de abarrotes, una papelería, carnicería o eres comerciante de tianguis este régimen es para ti.
También pueden tributar los oficios como plomería, carpintería, herrería, peluquería, taxista, chofer de aplicación, etc.
Una de las grandes ventajas es que podrás emitir facturas a tus clientes y solo debes hacer declaraciones bimestrales.
Toma en cuenta que el plazo máximo para formar parte de este régimen es de 10 años, y una vez pasado este tiempo debes cambiar al Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales para personas físicas.
Régimen de Actividad Empresarial y Profesional
Las personas físicas con actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas deben formar parte de este régimen.
Algunos de los negocios que forman pueden tributar aquí son restaurantes, cafeterías, escuelas, farmacias, bares, ferreterías, constructoras, etc.
Al formar parte de este régimen fiscal no tienes límite de ingresos anuales.
Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras (sector primario)
En este régimen pueden tributar las personas que obtengan al menos un 90% de sus ingresos por alguna de estas actividades, es decir aquellas que se dediquen casi exclusivamente a las actividades primarias.
Es aconsejable pedir una asesoría profesional si tus ingresos se componen de más de una actividad al mismo tiempo, de esa manera podrás elegir adecuadamente el régimen fiscal al que perteneces y podrás obtener beneficios especiales según tu actividad.
No olvides que una vez inscrito en el Sistema de Administración Tributaria debes realizar declaraciones periódicas según lo determina tu tipo de régimen fiscal. Formar parte de la economía formal tiene para ti derechos y obligaciones que se deben cumplir.
En Mini-Comp somos especialistas en ofrecer servicios fiscales y contables que se adaptan a las necesidades de cada emprendedor ya sea como persona física o moral. Si buscas una asesoría personalizada no dudes en contactarnos.